Preguntas frecuentes

¿Qué es una Promesa de compraventa?

Es un contrato mediante el cual una parte se compromete a vender y la otra parte se compromete a comprar un bien raíz determinado.
Se establece el plazo para materializar la compraventa, condiciones y multas en caso de desistimiento por alguna de las partes interesadas.
Tanto el vendedor como el comprador dejan una garantía con el propósito de demostrar su interés en concretar la promesa, por lo general equivale al 10% del valor venta.
Esta puede firmarse ante Notario Público, y puede inscribirse ante el Conservador de Bienes Raíces para evitar el incumplimiento por parte del vendedor.

¿Qué es una Escritura de compraventa?

Documento legal mediante el cual se transfiere el dominio de una propiedad.
La escritura individualiza a las partes vendedora y compradora, y/o Bancos o Mutuarias. En ella se describe detalladamente el motivo y materia de la compraventa, fijando precio, formas de pago y otras consideraciones propias del cierre de negocio.
Este documento se firma ante Notario Público, quién acredita la identidad de los comparecientes a la firma de escritura.
La compraventa finaliza cuando la escritura de compraventa se inscribe en el Conservador de Bienes Raíces respectivo.

¿Qué son los gastos operacionales?

Cuando se toma un crédito hipotecario para financiar la compra de una vivienda, el Banco o la entidad financiera cobra al cliente los denominados gastos operacionales. Por lo general, los gastos operacionales incluyen: Tasación, Estudio de Títulos, Gastos Notariales, Impuesto al Mutuo y Derechos del Conservador de bienes Raíces.

¿Qué es el Impuesto al mutuo?

Nombre común que adopta el impuesto de timbres y estampillas cuando se aplica a los créditos, corresponde a un porcentaje de ellos y varía dependiendo del monto del crédito.

¿Qué son los Derechos del Conservador de Bienes Raíces?

Son los fondos que el Conservador cobra por inscribir una propiedad a nombre del comprador, más aquellos correspondientes a la inscripción de la hipoteca y prohibición que el comprador constituye a favor de la entidad financiera.

¿Qué son las contribuciones de bienes raíces y cuando se pagan?

Son un impuesto que afecta a los bienes raíces, inmuebles o propiedades. Constituyen el denominado impuesto territorial y se aplica a todo tipo de casas, departamentos, sitios y demás propiedades urbanas y predios agrícolas.
El monto de las contribuciones constituye un porcentaje del avalúo fiscal de la propiedad, determinado por el SII.
Las contribuciones se cobran en cuatro cuotas durante el año, las cuales vencen a fines de abril, junio, septiembre y noviembre de cada año.

¿Cuántos años responden las inmobiliarias por los defectos de la construcción?

La ley plantea diferentes plazos para hacer efectiva la responsabilidad de la Inmobiliaria. Estos plazos son los siguientes:
1.- Diez años, en el caso de fallas o defectos que afecten a la estructura.
2.- Cinco años, cuando se trate de fallas o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones.
3.- Tres años, si hubiesen fallas o defectos que afecten a elementos de terminaciones.
En los demás casos de fallas o defectos, el plazo para interponer la demanda será de cinco años.

¿Qué es el Reglamento de Copropiedad?

Es el instrumento que norma o regula la comunidad y fija las normas aplicables a todos los ocupantes de las unidades del condominio. Este documento señala principalmente, las obligaciones a respetar por parte de los copropietarios para asegurar la convivencia, el buen uso y las limitaciones de los bienes de dominio común; la forma de administración del condominio y la forma en que se deberá concurrir al pago de los gastos comunes.

¿Qué es el DFL 2?

Las propiedades DFL 2 son todas aquellas viviendas cuya suma de sus superficies interiores, más sus terrazas y/o balcones sea menor a 140 m2 construidos.
Los propietarios de viviendas nuevas DFL 2 reciben considerables beneficios por pertenecer a la categoría. Estos corresponden a la exención del 50% del pago de contribuciones por un período máximo de 20 años, rebaja de 50% del interés de créditos hipotecarios y la exención del impuesto a la herencia.

¿Qué documentos debo tener para la venta?

Debo tener las escrituras de compraventa de los últimos 10 años a la fecha y las contribuciones pagadas al día.
Si la parte vendedora es una sociedad ¿qué documentos se necesitan?
– Escritura de constitución de la sociedad (inscrita en el registro de comercio)
– Extracto protocolizado de escritura de constitución (con publicación en el diario oficial)
– Escritura de mandatos vigentes.
– Escritura de modificaciones de la sociedad.
– Extractos protocolizados de dichas modificaciones.
– Copia de inscripción de la sociedad con certificado de vigencia y anotaciones marginales.
– Junta extraordinaria autorizando la enajenación de la propiedad en caso que la parte vendedora sea una Sociedad Anónima.

¿Si la parte vendedora es una Sucesión, que documentos se necesitan?

– Inscripción de Posesión Efectiva con constancia de pago del impuesto a la herencia.
– Inscripción del testamento si lo hubiera.
– Inscripción especial de Herencia.
– Escritura de adjudicación en partición.
– Escritura de testamento si lo hubiera.

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